El Derecho de Propiedad de Bien Inmueble y la Influencia de la Preferencia del Titular Registral en las Sentencias sobre Reivindicación y Mejor Derecho de Propiedad Expedidas por el Primer al Décimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa- Sede Central, años 2009-2017
Abstract
Se han investigado las sentencias emitidas por los Jueces Especializados en lo Civil de la
Corte Superior de Justicia de Arequipa, durante los años 2009-2017, en conflictos donde
ambas partes se irrogan el derecho de propiedad de un mismo predio.
En la mayoría de casos prevalece el título inscrito, en aplicación estricta del artículo 2022°
del Código Civil y de los demás principios registrales. El ordenamiento jurídico ha
otorgado preferencia al derecho de propiedad inscrito con anterioridad, con la finalidad de
fomentar la inscripción en el registro público y brindar seguridad jurídica a las personas
que contratan sobre la base de lo publicitado en el registro.
En muy pocos casos, los jueces aprecian que el ejercicio de la posesión del bien de un
tercero diferente a su transferente, la relación de parentesco y la condición de asociado;
evidencian que el titular registral se encontraba en la posibilidad de conocer o conocía que
la información que obra en el registro público no concuerda con la realidad extrarregistral
al momento de adquirir su derecho; por lo que, concluyen que están frente a un actuar de
mala fe; en consecuencia, no puede oponer su derecho a pesar de estar inscrito.
En esta investigación resaltamos los casos en que pese a la inscripción del derecho de
propiedad de una parte, no por ello resulta ser oponible a otro título no inscrito. Las
razones y fundamentos que llevan a tomar esta decisión a los órganos jurisdiccionales,
permiten que a nivel jurisdiccional se proteja el derecho de propiedad no inscrito, y no se
ampare el actuar de mala fe.
Palabras claves: propiedad de bien inmueble, mala fe, principios registrales y título
inscrito.